La pandemia por el Covid-19, ha significado grandes retos para la auditoría, en especial en la obtención de evidencia, ya que al no poder estar in situ, no está seguro de poder obtener la evidencia o información suficiente y adecuada que necesita para el correcto desarrollo de su labor. Las restricciones de viaje pueden haber afectado el acceso físico, por ejemplo, asistir a los recuentos de inventario, la capacidad de obtener documentos originales y la disponibilidad del personal del cliente.
Dentro de las normas internacionales de auditoría, emitidas por un comité de la Federación Internacional de Contadores (IFAC) denominado Comité Internacional de Normas de Auditoría y Aseguramiento (IAASB por sus siglas en inglés), se encuentra la NIA 500 – Evidencia de auditoría, de acuerdo con la cual se requiere que el auditor diseñe y ejecute procedimientos de auditoría para obtener evidencia de auditoría suficiente y apropiada para poder sacar conclusiones razonables en las que basar la opinión de auditoría. También está la NIA 210 – Acuerdo de los términos de los trabajos de auditoría, que es empleada al acordar los términos del trabajo. De acuerdo con esta norma, la administración del cliente acuerda proporcionar al auditor acceso a toda la información que la administración tenga conocimiento y que sea relevante para la preparación de los estados financieros; el auditor puede solicitar a la administración cualquier información adicional para el propósito de la auditoría y concede acceso irrestricto a personas dentro de la entidad de quienes el auditor determina que es necesario obtener evidencia de auditoría.
Cuando el auditor no puede obtener evidencia de auditoría suficiente y apropiada que es necesaria para llegar a una conclusión, debe considerar procedimientos alternativos, asimismo, se deberá considerar el impacto en el dictamen del auditor, incluyendo si se necesita una opinión modificada.
Las normas de auditoría plantean que la confiabilidad de la información que se emplee como evidencia de auditoría, está influenciada por su fuente y su naturaleza, así como por las circunstancias bajo las cuales se obtiene, incluidos los controles sobre su preparación y mantenimiento cuando sea relevante. En este escenario de pandemia, la obtención de evidencia de auditoría puede ser más desafiante y diferente a cómo se pudo haber obtenido anteriormente. Sin embargo, los principios básicos de las normas aún se aplican, y es posible que el auditor deba tener en cuenta consideraciones adicionales sobre la confiabilidad de la evidencia de auditoría proporcionada; es decir, si la evidencia ha sido:
- Obtenida de una fuente independiente de la entidad.
- Generada internamente y, de ser así, qué controles existían sobre su preparación.
- Obtenida directamente por el auditor.
- Obtenida de forma documental.
- Proporcionada en original (es decir, no fotocopiado, etc.).
Es importante que los auditores ejerzan su escepticismo profesional acerca de la evidencia obtenida electrónicamente y buscar procedimientos para comprobar la confiabilidad de dicha evidencia en ausencia del documento fuente físico original, así como también considerar los controles sobre el proceso mediante el cual se produjo la evidencia electrónica. La actual pandemia ha acelerado la adopción de tecnología y técnicas remotas para realizar compromisos. Se utilizan portales web seguros para revisar los documentos de los clientes y algunos tienen la funcionalidad de permitir preguntas y respuestas entre el auditor y el cliente.
La información más sensible para la obtención de evidencias de forma remota, son los inventarios, las auditorías de grupo y la documentación.
Inventario: De acuerdo con la NIA 501 – Consideraciones específicas de la evidencia de auditoría para elementos seleccionados, si el inventario es importante para los estados financieros, se requiere que el auditor obtenga evidencia de auditoría suficiente y apropiada con respecto a la existencia y condición del inventario asistiendo al recuento físico del inventario, a menos que sea impracticable. Sin embargo, esto ha sido un inconveniente para el auditor ya que no ha podido asistir a los recuentos de inventario por la pandemia.
Frente a ello existen algunas consideraciones relacionadas con el inventario y la obtención de evidencia suficiente y adecuada en el entorno actual incluyen:
- Si los recuentos de inventario físico se pueden observar en una fecha alternativa en caso de inasistencia al final del año, con procedimientos de auditoría en las transacciones intermedias realizadas.
- Usar tecnología en la que el cliente puede realizar un recuento de inventario físico, pero los auditores no pueden asistir, como transmisiones de cámaras en vivo o videoconferencias basadas en web o móviles para observar el recuento de inventario.
- Realizar procedimientos de auditoría alternativos donde la asistencia es impracticable, por ejemplo, la inspección de la documentación de la venta posterior de artículos específicos del inventario adquiridos o comprados antes del recuento físico del inventario, la revisión y la prueba de las actualizaciones del inventario, obteniendo la seguridad de que la ubicación del inventario no fue accesible durante un período. de tiempo, por ejemplo, de imágenes de cámaras de seguridad.
Auditorías grupales: La NIA 600 – Consideraciones especiales: auditorías de los estados financieros del grupo incluye requisitos para obtener evidencia de auditoría suficiente y apropiada, incluida la documentación del trabajo realizado por los auditores de componentes, para poder formar una base para la opinión de auditoría del grupo.
En algunas organizaciones se han suspendido los viajes, por lo que es posible que los auditores de grupo no puedan visitar el equipo de auditoría del componente, para evaluar y revisar los papeles de trabajo de auditoría clave, lo que puede causar una demora significativa o afectar el trabajo y la capacidad para obtener pruebas suficientes y apropiadas. En algunos países, ciertas restricciones legales también pueden limitar la transferencia de datos (incluidos los papeles de trabajo de auditoría) fuera de la jurisdicción.
Si no es posible revisar los documentos de trabajo de auditoría de componentes necesarios (ya sea en persona o electrónicamente), el auditor del grupo deberá tomar otras medidas, que probablemente involucrarán trabajo adicional, por ejemplo: Carga de archivos, que pueden ser en la nube, con acceso proporcionado al equipo de trabajo de auditoría del grupo; videollamadas y/o pantalla compartida para revisar el trabajo del auditor del componente o el uso del acceso remoto; un memorando o cuestionario más detallado proporcionado al auditor del componente, corroborado con discusiones más detalladas con el equipo de trabajo del grupo; información del cliente, proporcionada directamente al equipo del encargo del grupo para que pueda realizar sus propios procedimientos sobre la información financiera del componente (si es posible).
Por otro lado, estas circunstancias pueden brindar una oportunidad para que los equipos de auditoría de grupo reevalúen y potencialmente rediseñen la forma en que se comunican e interactúan con los equipos de auditoría de componentes, de la misma manera que muchos equipos de auditoría están cambiando la forma en que interactúan con los clientes.
Si no se puede obtener evidencia suficiente y apropiada para permitirle al auditor llegar a una conclusión, el auditor deberá considerar el impacto en el dictamen del auditor que surge de la limitación del alcance.
Documentación: De acuerdo con la NIA 230 – Documentación de auditoría, se requiere que el auditor prepare documentación que proporcione un registro suficiente y apropiado de la base del informe del auditor y evidencia de que la auditoría fue planificada y realizada de acuerdo con las normas profesionales y los requisitos legales y reglamentarios aplicables.
En el actual contexto, es fundamental documentar los juicios profesionales y el ejercicio del escepticismo profesional, así como las discusiones con la gerencia y los encargados del gobierno corporativo relacionadas con el impacto de la pandemia. Esto puede proporcionar evidencia del ejercicio de escepticismo profesional por parte del auditor, incluidos los procedimientos específicos realizados para corroborar la respuesta de la administración a las consultas, en el momento en que se obtuvo la evidencia.
La documentación de los juicios profesionales realizados, cuando son significativos, sirve para explicar las conclusiones del auditor y reforzar la calidad del juicio en las circunstancias en el momento en que tuvo lugar. Esto puede incluir la base para la conclusión del auditor sobre la razonabilidad de áreas de juicios subjetivos (por ejemplo, la razonabilidad de estimaciones contables significativas o negocio en marcha). Es importe documentar las consideraciones que tuvo el auditor al hacer esos juicios, de conformidad con lo previsto en la NIA 230 y demás normas concordantes.
Fuente: Auditool